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Son frecuentes las prisas a final de año para realizar las gestiones que no hemos realizado durante todo el año. En nuestro despacho, nos encontramos frecuentemente clientes que nos comentan que tienen vehículos que no utilizan ni tienen seguro obligatorio pero que no los dan de baja por el coste que genera.

Pues bien, desde Gestoría JARA recomendamos a nuestros clientes que realicen la baja de dichos vehículos principalmente por dos motivos:

Ahorro de impuestos.

Cuando un vehículo se encuentra dado de baja en el Registro de Tráfico, no genera el impuesto de circulación en el Ayuntamiento de nuestro domicilio. Si la situación de inactividad del vehículo se prolonga en el tiempo, el ahorro puede legar a ser importante teniendo en cuenta que en ocasiones, el coste de realizar la baja es inferior all impuesto municipal que se devenga por no hacerlo.

Carencia de seguro obligatorio. 

Una de las ultimas medidas introducidas por la DGT obliga a disponer de un seguro obligatorio para todo vehículo que se encuentre circulando. A tal efecto, la DGT entiende que cualquier vehículo no dado de baja temporal o definitiva se encuentra en circulación, por lo que nos pueden derivar multas y sanciones por el simple hecho de no haberlo dado de baja a pesar de tenerlo aparcado en un ligar privado, ya que por supuesto, el estacionamiento en vía pública, implica la contratación obligatoria del seguro.

Si te planteas dar de baja un vehículo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros antes de final de año para asi evitar el impuesto de circulación de 2.019.